Deducciones en la Nómina:
Fundamento Legal

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Introducción


Las deducciones son los descuentos que se aplican al cálculo de la nómina de los trabajadores, por motivo de su trabajo. Algunos están relacionados con los convenios que el trabajador realiza con instituciones, como Fonacot (de la que obtiene un préstamo, aceptando que se le descuente vía nómina). Otros están relacionados con el desempeño que mantienen con la organización para la que trabaja, por ejemplo, incurrir en faltas o retardos. Otros se refieren a las retenciones de contribuciones que se establecen en las leyes, por lo que son obligatorias, como el impuesto sobre la renta (ISR) y las cuotas del IMSS.

Es importante que, como trabajador, emprendedor o empresario, conozcas cuáles son las deducciones que están establecidas en las leyes laborales para considerarlas en el cálculo de la nómina. Así pues, en este tema identificarás las características de las deducciones y el marco legal que las delimita.



Tijeras encima de billetes de diferentes denominaciones.


(s. a.) (s. f.). Impuestos al salario [fotografía]. Tomada de http://maxpixel.freegreatpicture.com/Tax-Salary-Profit-Bills-Earn-Euro-Money-Scissors-893152



El estudio de este tema te permitirá:

Identificar los conceptos de deducciones para integrarlos en el proceso de la nómina, considerando el marco legal que las delimita.

Descuentos


Dentro de este rubro se encontrarán descuentos por concepto de fondo de ahorro, servicio de comedor, habitación, Infonavit y Fonacot, así como descuentos por préstamos otorgados a los trabajadores.

Para considerar los descuentos de nómina es necesario revisar el siguiente amparo:

      FALTA DE PAGOS DE SALARIOS; NO CONFIGURA EL DELITO PREVISTO EN LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 276 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE VERACRUZ. La falta de pago de salarios a un trabajador no puede ser considerada como retención en concepto de multa, adeudo o por cualquier otro motivo similar; y, por ende, no constituye el delito previsto en la fracción II del artículo 276 del Código Penal, aplicable en el estado de Veracruz, supuesto que este precepto debe interpretarse vinculándolo con el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo, en razón de que este último numeral, categóricamente, estatuye que los descuentos en los salarios están prohibidos, salvo en los casos y requisitos a que el propio precepto se refiere y ,por tanto, la conducta típica que el legislador penal sanciona, la constituye toda retención de salario, precisamente por multas, deudas o cualquier otra hipótesis de descuento o retención no autorizada por la ley laboral, e interpretada por el preinvocado numeral 276 del código punitivo en consulta, en forma extensiva; de modo tal que la conducta de retención mediante un supuesto diferente al de la retención y descuento que consigna la ley laboral, implicaría una interpretación extensiva de la ley penal, contraria al artículo 14 de la Constitución General de la República (Tribunales Colegiados del Séptimo Circuito, 1977).


De lo anterior, se entiende que cualquier descuento, no previsto en la ley, se considerará un delito, por lo que es importante identificar cuáles son los descuentos permitidos.

El artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo también menciona que los descuentos en los salarios de los trabajadores están prohibidos, salvo en los casos y con los requisitos siguientes:

Retenciones


Las retenciones están deducidas del salario del trabajador por cuestiones de estipulaciones legales hacia la empresa y, por tanto, al trabajador. Es una cantidad retenida que afecta la percepción total del trabajador.

Dentro de este rubro se encuentran los conceptos de impuesto sobre la renta y las cuotas del seguro social.

Impuesto sobre la renta


El impuesto sobre la renta (ISR), en nuestro país, es un impuesto directo sobre los ingresos obtenidos por los trabajadores, derivados de una relación laboral, de manera proporcional a los mismos.

El Código Fiscal de la Federación define impuesto de la siguiente manera:

Artículo 2. Las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, que se definen de la siguiente manera:



Mientras que la renta se puede definir como la ganancia (ingreso) obtenida por una persona física o moral; para el cálculo del impuesto sobre la renta de los trabajadores se atenderá a lo dispuesto en los artículos 94 y 95 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), debiéndose aplicar el siguiente procedimiento:



Base gravable
Menos Límite inferior del artículo 96
Igual Excedente sobre el límite inferior
Por % sobre excedente del límite inferior
Igual Impuesto marginal
Más Cuota fija
Igual Total de impuesto
Menos Subsidio al empleo
Igual ISR o subsidio al empleo

Tabla 1. Procedimiento para calcular el ISR.



En caso de que el resultado sea positivo se descontará al trabajador el impuesto sobre la renta resultante; en caso de ser negativo, el resultado deberá acreditar el subsidio al empleo determinado.

Este procedimiento deberá aplicarse a las percepciones que tenga el trabajador durante el periodo de pago que se trate.



Cuotas del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social)


Siluetas de una familia envueltas en las palmas de las manos.


Altmann, G. (2017). Sistema de salud [ilustración]. Tomada de https://pixabay.com/p-2073604/



El artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que son obligaciones de los mexicanos: “IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del estado y municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”.

Aunado a lo anterior, el Código Fiscal de la Federación (CFF) identifica que son las personas físicas y morales las que están obligadas a contribuir para los gastos públicos:

    Artículo 1. Las personas físicas y las morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos, conforme a las leyes fiscales respectivas. Las disposiciones de este Código se aplicarán en su defecto y sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados internacionales de los que México sea parte. Sólo mediante la ley podrá destinarse una contribución a un gasto público específico.

Asimismo, el Código Fiscal de la Federación (CFF) nos presenta su clasificación en el artículo 2 y en el que destacan las aportaciones de seguridad de seguridad social.

Dentro de las principales contribuciones para los gastos públicos se encuentran las aportaciones de seguridad social y, dentro de ellas, las cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones y trabajadores.


Es importante destacar que la Ley del Seguro Social regula la carga social y sus implicaciones en las cuotas obrero-patronales. Esta ley tiene su fundamento legal en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:

    Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.


El 12 de marzo de 1973 se publicó la Ley del Seguro Social, misma que se deroga el 30 de junio de 1997; en ese mismo año, el 1 de julio, se promulga una nueva Ley del Seguro Social. Y el 21 de diciembre de 2001 se reforma, con adecuaciones técnicas y reforzamiento en las atribuciones del Instituto.

El 1 de noviembre de 2002 se integran las disposiciones de seis reglamentos, con el propósito de dar claridad a la ley vigente, quedando el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización (RACERF).

La última reforma a la Ley del Seguro Social se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en 2015.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Infonavit son responsables de la seguridad social de los trabajadores, al que se refiere el apartado A del artículo 123 constitucional, mientras que para los del apartado B, es el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).


La importancia del IMSS se destaca en la Ley del Seguro Social:

    Artículo 5. La organización y administración del Seguro Social, en los términos consignados en esta ley, están a cargo del organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, de integración operativa tripartita, debido a que a la misma concurren los sectores público, social y privado, denominado Instituto Mexicano del Seguro Social, el cual tiene también el carácter de organismo fiscal autónomo.

Respecto al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece la obligación de las empresas de proporcionar habitación a sus trabajadores:

    Artículo 136.Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo está obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas. Para dar cumplimiento a esta obligación, las empresas deberán aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el 5 % a su servicio, sobre los salarios de los trabajadores.

A partir de estas disposiciones se crea la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores (Linfonavit), que unifica el criterio para calcular las bases salariales con la Ley del Seguro Social (LSS):

    Artículo 29. II. Determinar el monto de las aportaciones del 5 % sobre el salario de los trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entidades receptoras, que actúen por cuenta y orden del Instituto, para su abono en la subcuenta de vivienda de las cuentas individuales de los trabajadores, previstas en los sistemas de ahorro para el retiro, en los términos de la presente ley y sus reglamentos; así como en lo conducente, conforme a lo estipulado en la Ley del Seguro Social y en la Ley Federal del Trabajo. En lo que corresponde a la integración, cálculo de la base y límite superior salarial para el pago de aportaciones, se aplicará lo contenido en la Ley del Seguro Social.

Entonces, la obligación de los patrones de aportar las cotizaciones al Seguro Social no sólo es para dar cumplimiento a la ley laboral y a la del Seguro Social, también para cumplir con una obligación de un sistema de seguridad social nacional.

Actividad. Las deducciones de Juan

Las deducciones se refieren a los descuentos y retenciones de la nómina. Los descuentos son los que se hacen a los trabajadores dependiendo de la relación que mantienen en su trabajo, mientras que las retenciones son consideradas obligatorias, como el ISR y las cuotas del IMSS.

A continuación, se te presenta un caso práctico en el que deberás identificar el monto que corresponda en cada caso descrito, de acuerdo con la legislación vigente.

Estás trabajando como auxiliar de nómina en la empresa “Servicios S. A.” y Juan López tiene algunas dudas; selecciona la respuesta que darías:

Autoevaluación. Deducciones en la nómina

En este tema has aprendido a identificar la diferencia entre descuentos y retenciones, así como el marco legal que las delimita.

Es momento de que identifiques los aspectos relevantes para su aplicación.

A continuación, se te presentan una serie de enunciados sobre las especificaciones de las deducciones, de acuerdo con las leyes laborales; lee con atención y selecciona Falso o Verdadero, según corresponda.

Fuentes de información

Básicas

Documentos electrónicos

Aguilar, B., Aguilera, R., Santiago, M. y Sosa, J. (2014). Conceptos y generalidades de la nómina. En Taller de nóminas, 7-32. Consultado el 03 de septiembre de 2017 de http://fcasua.contad.unam.mx/apuntes/interiores/docs/2005/contaduria/opt/2006.pdf

Complementarias

Bibliografía

Ramos, E. y Tapia, A. (1995). Ley Federal del Trabajo, comentada con jurisprudencia y tesis sobresalientes (5.ª ed.). México: SISTA.

Documentos electrónicos

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Código Fiscal de la Federación [Versión electrónica]. Última reforma publicada en el DOF el 27/01/17. Consultado el 07 de septiembre de 2017 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/8_160517.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley Federal del Trabajo [Versión electrónica]. Última reforma publicada en el DOF el 12/06/17. Consultado el 07 de septiembre de 2017 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_120615.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Ley del seguro social [Versión electrónica]. Última reforma publicada en el DOF el 12/11/17. Consultado el 24 de septiembre de 2017 de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/92_121115.pdf

Tribunales Colegiados del Séptimo Circuito. (1977). Amparo en revisión 63/77. En Semanario Judicial de la Federación, 97-102, 6.ª parte, 234. Disponible en https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx?ID=253215&Clase=DetalleTesisBL&Semanario=0

Tribunales Colegiados del Cuarto Circuito. (1982). Amparo directo 5165/81. En Semanario Judicial de la Federación, 199-204, 5.ª parte, 37. Disponible en http://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Documentos/Tesis/242/242683.pdf

Documentos electrónicos

Unidad General de Asuntos Jurídicos. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Última reforma publicada el 15/09/17. Consultado el 24 de septiembre de 2017 de http://www.ordenjuridico.gob.mx/constitucion.php


Cómo citar